Régimen Económico y Fiscalidad Subnacional
Principios fundamentales
- Comunidad política ecuatoriana, confluencia de identidades local, regional, nacional, andina y latinoamericana.
- Estado social de derecho unitario, soberano, democrático, pluricultural y multiétnico.
- Sistema mixto de gobierno.
- Estado basado en cultura de paz, respetuoso y descentralizado.
- Estado unitario con regimenes autonómicos subnacionales bajo el principio de la subsidaridad.
Recursos Provinciales y Distritales (1)
- La Constitución y la Ley determinarán los impuestos provinciales y distritales.
- Junto con las tasas por servicios y otros tributos conformarán sus ingresos propios.
- Las provincias y los distritos contarán con su propio dominio tributario en el marco de lo dispuesto por la Constitución y la Política Fiscal.
Recursos Provinciales y Distritales (2)
Son además recursos:
- Las transferencias de ingresos nacionales para la ejecución de sus competencias;
- Las transferencias provenientes de los fondos que se creen para la equidad territorial y de la solidaridad social;
- Los créditos provenientes de fuentes internas y externas;
- Las sobretasas impositivas o porcentajes de impuestos acordadas por las provincias y los distritos para estimular el desarrollo;
- La fracción de los ingresos generados en la jurisdicción provincial o distrital, según indicadores de desarrollo.
Recursos Provinciales y Distritales (3)
- Los gobiernos provinciales y distritales autonómicos podrán retener porcentajes de los impuestos nacionales de conformidad con el costeo de las competencias adicionales que asuman.
- Adicionalmente, los distritos metropolitanos dispondrán de los recursos municipales señalados por la Constitución y la Ley.
CRITERIOS FISCALES (1)
- Las cuentas nacionales y los presupuestos nacional y subnacional deberán territorializarse.
- La evaluación del gasto público deberá efectuarse con criterios territoriales.
- Deberá eliminarse toda transferencia discrecional de fondos nacionales.
- La transferencia de funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos señalará los recursos nacionales y subnacionales que la financiarán.
CRITERIOS FISCALES (2)
Los gobiernos subnacionales deben:
- Tener recursos propios suficientes de los cuales pueden disponer libremente en el ejercicio de sus competencias;
- Deben ser proporcionales a las competencias previstas por la Constitución o por la ley
- Parte importante de aquellos debe provenir de ingresos patrimoniales y de tributos locales.
CRITERIOS FISCALES (3)
Compensación Territorial y Redistribución Social (1)
Existirán dos fondos para la búsqueda de la equidad:
- Fondo de compensación para la corrección de los desequilibrios territoriales
- Fondo de solidaridad social para la eliminación progresiva de las disparidades sociales medidas por ingresos y servicios.
Compensación Territorial y Redistribución Social (2)
Los fondos también se otorgarán estímulos nacionales ligados a:
- Evaluación del desempeño
- Capacidad de generación de ingresos propios.
Un índice que surja de los indicadores de los dos fondos determinará la fracción de los impuestos nacionales que es retenida en cada Provincia.
MANCOMUNIDADES
- Las provincias y los municipios podrán asociarse en mancomunidades con objetivos de desarrollo.
- Estas mancomunidades podrán dar base a la integración de regiones de desarrollo.
Sistema económico (1)
- Modelo de gestión mixta, con acuerdos público-privados, orientados al desarrollo humano sostenible, que genera empleo, se basa en criterios de eficiencia y logre una articulación externa justa.
- El Estado debe orientar y promover el desarrollo y la competitividad, corregir y complementar al mercado, ejercer actividades económicas de interés público, regular relaciones sociales y económicas, reconocer derechos económicos y coordinar las actividades económicas.
- El régimen tributario se basa en principios de igualdad, proporcionalidad y generalidad.
- El Presupuesto debe territorializarse y transparentarse.
Sistema económico (2)
- Las acciones de empresas deben ponerse al alcance de la sociedad. En los órganos de alta dirección de las empresas públicas deben participar los usuarios.
- Las relaciones con los trabajadores de las empresas públicas deben estar sujetas a un régimen especial.
- El sector agropecuario forestal recibe la prioridad en la atención del Estado. Esa prioridad requiere de un mandato fuerte que termine con la depredación que hoy se hace de los bosques y áreas protegidas.
- El Estado garantiza la propiedad que cumple función social, económica y productiva.
- El Estado garantiza la inversión nacional y extranjera que se invierta en producción para el consumo interno y para exportar.
Sistema de Planificación
Jerarquizar la planificación
Sistema nacional de planificación estratégica formado por el sistema central y los subsistemas territoriales de planificación que permita la existencia de políticas de Estado de mediano y largo plazo, continuidad en el proyecto nacional, una evaluación de desempeño de niveles de gobierno y una adecuada orientación del desarrollo.
A cargo de un organismo técnico dependiente del Consejo de Estado. En los gobiernos subnacionales, dependerá de la más alta autoridad administrativa.
Sistematización (Resultados provisionales)
"Los documentos de cada Mesa corresponden a la primera sistematización de las propuestas y opiniones emitidas por los participantes. No se trata, por lo tanto, de propuestas para la nueva constitución".
Documento: http://www.quito.gov.ec/constitucionXXI/mesa_economico.pdf
ASAMBLEA DE QUITO
MESA DE RÉGIMEN ECONÓMICO
Facilitador: María del Carmen Burneo
Relator: Luis Luna Osorio
13 de febrero de 2008
DESARROLLO NACIONAL
TEMAS | ACUERDOS/CONSENSOS |
ASPECTOS DEL DESARROLLO PRODUCTIVO.
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ASPECTOS FISCALES Y FINANCIEROS DEL ESTADO
TEMAS | ACUERDOS/CONSENSOS |
MATERIA FISCAL
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